Laboral

Incapacidad

Valoración del grado de incapacidad para el desarrollo de la actividad profesional o para el desempeño de las actividades de la vida diaria: Incapacidad permanente parcial, total, absoluta y gran invalidez.

  • Estudio de impugnación de alta laboral en caso de no curación completa.
  • Estudio de la impugnación de la calificación de invalidez otorgada por el INSS.
  • Estudio de la impugnación de la denegación de incapacidad por el INSS.

Accidente laboral

Valoración de las secuelas tras accidente en el entorno laboral o durante el traslado al puesto de trabajo (in itinere). Estudio detallado de la dinámica del accidente, estableciendo los nexos causales entre éste y las secuelas que se presentan.

Enfermedad profesional

Valoración del estado de salud y su relación con el entorno laboral, estableciendo, si existe, el nexo causal entre la enfermedad que se padece y el puesto de trabajo.

Dentro del ámbito profesional cada vez tienen mayor relevancia los problemas derivados del estrés laboral o de la relación personal del trabajador con el componente humano de la estructura laboral (jefes, compañeros de trabajo, etc.).

  • El “bornout”, o “síndrome de desgaste ocupacional o profesional”, constituye un riesgo psicosocial relacionado con un nivel excesivo de exigencia laboral. En la valoración del síndrome es imprescindible identificar:
    • los factores desencadenantes del síndrome, con especial relevancia a los que dependen del entorno laboral (horarios de trabajo, niveles de exigencia, relaciones interpersonales, características físicas del puesto de trabajo y, en general, la deficiencias que condicionan el desarrollo de estrés laboral)
    • y las secuelas psíquicas, físicas y sociales que ha producido sobre el trabajador.
  • El “mobbing” o acoso moral es otro riesgo psicosocial creciente derivado del ámbito laboral. A diferencia del “bornout”, se trata de una conducta hostil o intimidatoria contra el trabajador por parte de sus jefes o compañeros de trabajo, casi siempre de tipo humillatorio, que conduce a su alejamiento psíquico y físico del lugar de trabajo. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales contempla las medidas preventivas frente al acoso moral, en tanto que estas conductas pueden causar daño a los trabajadores. Corresponde al Informe Médico Pericial la valoración piscológica del trabajador y el establecimiento de un nexo causal con una situación sostenida de “mobbing”.

Nuestra valoración incluye, si es necesario, un estudio detallado del puesto de trabajo y del entorno laboral y su interacción con el trabajador afectado por limitaciones funcionales o psicológicas.